Se aprobó la Ley Lucio

La nueva legislación dispone que haya capacitaciones obligatorias para todas las personas que ejercen la función pública en el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Y, no cumplir con esta instrucción, se considerará una falta grave.

A su vez, establece que el Ejecutivo y el Judicial actuarán articuladamente para la creación de un protocolo que establezca las formas de actuar de las fuerzas de seguridad, organismos de la niñez y jueces con competencia en familia, con el objetivo de unificar los criterios de actuación a nivel nacional y provincial.

Y dispone que el Estado deberá realizar campañas de concientización semestrales que ayuden a detectar y prevenir el maltrato y violencia contra niños, niñas y adolescentes, y dónde denunciarlo. Y prevé la obligatoriedad de la implementación de la Línea 102 en todo el territorio argentino para la promoción de derechos de las infancias y la atención gratuita.
Otra de las herramientas que incorpora la ley es la reserva de identidad, que protege a aquellas personas, que con conocimiento de alguna situación de maltrato infantil, realizan la denuncia.

La autoridad de aplicación de la ley será la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, que depende del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. También la Secretaría será la encargada de producir los contenidos del Plan Federal de Capacitación, en articulación con el Consejo Federal de Niñez, Adolescencia y Familia (Cofenaf).

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